martes, 1 de agosto de 2017

La grandeza de Roma: Polibio y la síntesis de las tres formas de gobierno

La influencia que Roma ha ejercido en la ulterior Historia de la civilización occidental es un hecho incontestable; su omnipresencia se ha manifestado en todos los aspectos de la vida humana hasta la actualidad. Tras ser conscientes de esto, la pregunta que sigue es: ¿por qué fue grande Roma?

Esta misma cuestión fue ya planteada por sus contemporáneos, quienes veían cómo la capital del Lacio se hacía con la hegemonía del mundo conocido, convirtiéndose en la protagonista del género histórico. Entre ellos, destacan los escritos de Polibio (n. 200 a.C. – m. 118 a.C.), aristócrata oriundo de Megalópolis de Arcadia, cuya vida estuvo marcada, al igual que la de todos los griegos de su época, por la derrota de Perseo de Macedonia frente a Paulo Emilio en la Batalla de Pidna en 168 a.C., tras la cual fue deportado a Roma junto a otros notables de la abatida Liga Aquea. Ingresó en el círculo de los Escipiones, familia de distinguidos generales y políticos romanos, cuya influencia le permitió gozar de cierta libertad con respecto a sus compatriotas, así como observar de primera mano los motivos que posicionaron a la Urbe a la cabeza del Mediterráneo.

Sus Historias recogen los acontecimientos comprendidos entre el comienzo de la Primera Guerra Púnica en 265 a.C. y la destrucción de Cartago en 146 a.C., con el objetivo de explicar el hecho histórico de mayor envergadura que se había dado en su época: el vertiginoso ascenso de la República.


Εκ των Πολυβιου του Μεγαλοπολιτου εκλογαι περι πρεσβειων =  Ex libris Polybii Megalopolitani selecta De legationibus. Amberes, 1582

El Libro VI, quizá el más influyente en la literatura política posterior a pesar de que sólo se conservan fragmentos, es el que da la respuesta al interrogante formulado al inicio del artículo. La sentencia de Polibio es simple, al tiempo que sumamente compleja: la clave de la grandeza de Roma reside en su Constitución.

Tal vez con motivo de dotar a su obra de cierto dramatismo, el historiador aqueo interrumpe la continuidad de la narración justo después de la Batalla de Cannas, el momento más tortuoso para Roma en los cincuenta y tres años recogidos en su exposición, para iniciar una digresión con el objetivo de describir la constitución de los romanos, considerada por el autor superior a la púnica y, por supuesto, a todas las demás; idea que es repetida de forma insistente (aunque con mucha menor intensidad) en toda la obra. Hace, pues, uso de los supuestos ético-filosóficos del Estoicismo al afirmar que la prueba de la perfección consiste en “la capacidad de soportar con nobleza y entereza los cambios de Fortuna” (VI 2, 6).

En primer lugar, Polibio procede a enunciar las diferentes tipologías de gobierno que han sido adoptadas por las Poleis; es consciente de que esta cuestión ha sido abordada en reiteradas ocasiones por anteriores pensadores (el origen del debate puede rastrearse hasta Heródoto, III 82, 6), quienes en su mayoría establecieron una división tripartita: realeza, aristocracia y democracia, diferenciadas entre ellas por el modo en que se ejerce el poder y el número de sujetos que ostentan el mismo. Desde la óptica del megalopolitano, esta clasificación es absolutamente errónea, pues ni son las únicas, ni mucho menos las mejores; la monarquía y la tiranía, a pesar de ser gobiernos unipersonales, según Polibio distan mucho de la realeza (el distinguir tres apelativos para el gobierno unipersonal es algo sin precedentes en el Mundo Antiguo), ocurriendo lo mismo con la aristocracia y la democracia.

En la realeza, el titular del poder accede a este mediante elección al ser aceptado voluntariamente por el pueblo, y lo administra mediante el uso de la razón, y no a través del miedo y la violencia (propio de la tiranía o monarquía); tampoco debe ser considerada aristocracia cualquier oligarquía, sólo aquella que sea dirigida por justos y prudentes; sólo existe democracia cuando se impone la opinión mayoritaria “allí donde es costumbre venerar a los dioses, honrar a los padres, reverenciar a los ancianos y obedecer las leyes” (VI 4, 1-5). Por tanto, la concepción polibiana distingue seis variedades de constituciones: las tres convencionales (las tipologías “puras”), y otras tres derivadas de estas resultado de su degeneración, que son la monarquía/tiranía, oligarquía y demagogia. Para Polibio, estas no caracterizan a los Estados per se, sino que son etapas de su desarrollo sujetas a una ley sociológico-política de carácter universal. Se trata, mutatis mutandis, de un desarrollo orgánico con etapas de infancia, madurez, declive y muerte, correspondiendo a cada una un sistema político concreto: la monarquía, modelo primitivo surgido de manera natural y espontánea, es seguida inmediatamente por la realeza al corregir su conducta; sus vicios inherentes, empero, acabarán por hacerse notar, degenerando así en su antítesis, la tiranía, la cual acabará siendo derrocada por una aristocracia, que virará hacia la oligarquía al disolver sus vínculos iniciales con el pueblo, el cual, indignado por la conducta de sus líderes, procederá a gobernarse a sí mismo estableciendo una democracia. Al cabo del tiempo, la pérdida de respeto a las leyes y el deseo de satisfacer los intereses propios truncando los ajenos dan lugar a la demagogia, sobre la cual acabará por imponerse un poder fuerte que retornará a la situación monárquica inicial. Este esquema cíclico del desarrollo de los Estados de carácter  determinista se conoce como Anaciclosis.

Sin embargo, Polibio aprecia cómo Roma no se encuentra en ninguna de estas etapas, lo cual es debido a la complejidad de su constitución: la República sintetiza en una sola las tres modalidades puras de gobierno, conformando así una constitución mixta. El autor establece un paralelismo con el estatuto otorgado a los espartanos por Licurgo, quien fue capaz de prever la evolución natural de los Estados; la diferencia radica en que los romanos se dotaron de esta situación gracias a la experiencia, aglutinando progresivamente aquellos elementos capaces de servir a la estabilidad del gobierno. Las tres fórmulas estaban perfectamente integradas y cooperaban entre sí:
         La potestad de los Cónsules es propia de una constitución monárquica (o real), pues, mientras se encuentran en la capital, tienen competencia sobre todos los asuntos de la República; todos los magistrados les están subordinados, a excepción del Tribunado de la Plebe (dado que estos son capaces de impugnar sus mandatos gracias al derecho a veto); su autoridad es quasi absoluta en lo referente a las cuestiones de política exterior.
         El Senado se reserva las atribuciones fiscales al controlar el erario público, luego administra los ingresos y los gastos; investiga públicamente los delitos más graves del código penal; envía embajadas a las provincias para declarar la guerra, aceptar la paz... ergo, en ausencia de los Cónsules, la constitución romana parecería perfectamente aristocrática.
         Por último, la Plebe es quien tiene la parcela más pesada: monopoliza la facultad de conceder honores e infligir castigos (aunque en la práctica, esto último era delegado a los tribunales); juzga las multas impuestas, especialmente cuando los reos han detentado altos cargos políticos; sólo el pueblo tiene permitido condenar a muerte, y a quienes ha sido impuesta esta pena les está permitido exiliarse a la vista de todos; confiere las magistraturas a quienes las merecen; es la máxima autoridad a la hora de votar las leyes formuladas por el Senado; los comicios deliberan sobre las alianzas, tratados de paz, pactos... el pueblo es, en definitiva, quien ratifica o rechaza todo lo acordado, y, dado que goza de tales atribuciones, no es para nada erróneo afirmar que la constitución de la República era democrática.
       
La clave del funcionamiento de esta maquinaria política reside en la necesidad obligada de cooperación entre las tres instituciones, uniendo la voluntad de todos los ciudadanos en una sola y, por encima de todo, evitando la exacerbación de los vicios congénitos que acaban por corromper a todas las constituciones. Este esquema político es, sin ninguna duda, un verdadero precedente de la Separación de Poderes, uno de los fundamentos innatos al Estado de Derecho moderno acuñado por Montesquieu, inspirado en los modelos clásicos, especialmente en el descrito por Polibio; hecho que confirma la huella imborrable que la República Romana dejó para siempre en la cultura europea.


Bibliografía:

POLIBIO, Historias, VI, Madrid: Biblioteca Clásica Gredos, 1991.

NICOLET, C.: “Polybe et les institutions romaines”, en GABBA, E. (coord.): Polybe. Neufs Exposés Suivis de Discussions, Genève: Fondation Hardt, 1974.

WALBANK, F. W.: A Historical Commentary on Polybius. Volume I. Commentary on Books I-VI, Oxford: Oxford Clarendon Press, 1957.

ROMERO, J.L.: De Heródoto a Polibio: el pensamiento histórico de la cultura griega, Buenos Aires: Miño y Dávila Editoriales, 2009.

Imágenes:





Sobre el autor

Juan Manuel Ortega Madroñal
Estudiante de Historia por la Universidad de Sevilla. Sus principales áreas de interés se centran en la Historia Antigua, especialmente la Asiriología y el Mundo Clásico, así como la herencia que la Antigüedad ha legado a los períodos posteriores. Complementa sus estudios universitarios con exhaustivas lecturas de los historiadores griegos y romanos (siendo Tucídides y Tácito sus predilectos), junto con el aprendizaje de la filosofía política del Renacimiento.

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